Dr. Silvino Vergara Nava
“Los
campos de concentración no estaban pensados sólo
para
exterminar gente y degradar a los seres humanos,…
Además
eran parte de un horroroso experimento que consistía
en
eliminar, bajo condiciones científicamente controladas
la
espontaneidad misma como expresión de comportamiento
humano…
porque la espontaneidad nunca puede ser eliminada
por completo… sólo en los campos de
concentración
se
hace posible ese experimento.”
Hannah
Arendt
“El
Gran Hermano” un programa de televisión re editado por más de 25 países,
planeado por George Orwell con la finalidad de administrar las vidas de los
protagonistas desde su inicio a su muerte, pareciera que dejo de ser un simple
programa de televisión, pues en un Estado de seguridad pública, característica
fundamental del Estado de derecho del actual siglo XXI, es la esencia de las
políticas publicas a la ciudadanía de la mayoría de las Naciones, en donde el
objetivo primordial es vigilar a los individuos de la propia planeación de sus
vidas, -lo cual era un derecho básico- para ello se ha utilizado en los últimos
años no al derecho, -pues este hace mención de sus fines como son la seguridad
jurídica y la justicia, lo cual cada día
esta más apartado de los Estados pos modernos en la creación de sus leyes- pero
si la legislación, es decir se ha utilizado la ley para controlar a los
ciudadanos comunes, por tanto, encontramos que: para apartar al ciudadano de la
democracia se encuentra la legislación electoral, para controlar los ciudadanos
molestos las leyes administrativas sancionadoras hacen su papel, para aislar a los
incómodos la legislación penal, contando con un sinnúmero de procesados presos
y no condenados, y ahora para alejar a la población de la economía: la
legislación fiscal. Y una de sus medidas para éste año, encontramos la
obligación de los contribuyentes “de a pie” de enviar a partir de la
información contable de julio y cada mes al Servicio de Administración
Tributaria por medio de Internet -artículo 28 fracción IV del Código Fiscal de
la Federación reformado para 2014- iniciando con las personas morales, y
continuando con esa misma medida para las personas físicas el próximo año.
Así,
el gobernado en su papel de simple contribuyente estará vigilado en todo
momento respecto a sus operaciones económicas, a saber: cuanto gasto, cuanto
ingreso, en que gasto, en que ingresó, con quien gasto, con quien percibo. Cabe
preguntarse: ¿De donde provienen estas políticas que bien puede denominarse: “penitenciaras”
a la ciudadanía?, en primer término, no es por el ejercicio de la soberanía del
Estado, no debe perderse de vista que los Estados dramáticamente han perdido su
soberanía, y demuestra el poco poder con que aun cuenta hacia su población, y
no desde luego, ante los organismos internacionales, ONGs, o empresas
transnacionales, por lo cual, se trata a la población como un dato económico
más, con la finalidad de aislarlo de la competencia de las grandes empresas
transnacionales, bajo la justificación global del riesgo de grandes catástrofes
y actos de terrorismo, por medio de operaciones económicas ilícitas, motivo por
el cual el delito de mayor envergadura e incluso de moda: “el lavado de
dinero”, ha representado que se modifiquen leyes, instituciones, sistemas,
pareciera que resulta más importante velar por la integridad económica que por
la integridad humana, se han implementado más medidas de control, sistemas
computacionales, que para evitar homicidios, desapariciones, secuestros, robos
y genocidios, y desde luego que la medida de enviar la contabilidad por
Internet en forma mensual para un simple profesionista, carpintero, mueblero, panadero,
etc. Es una de estos controles globales, para ciudadanos locales.
El
enviar la contabilidad por Internet es una muestra de violaciones a los
derechos de los gobernados, cita al respecto de estos fenómenos L. Ferrajoli:
“todo el proceso de integración mundial… un vacío de derecho público producido
por la falta de garantías primarias y secundarias, esto es de limites, vínculos
y controles… de los grandes poderes económicos” (FERRAJOLI, Luigi, “Principio
Iuris” Tomo II, Editorial Trotta, Madrid, 2011) y esta es una muestra de las
violaciones de los derechos de los contribuyentes del día a día, como son: 1.- Se
trata de un incremento considerable en las obligaciones de hacer, cuando todo
trabajo debe tener su justa retribución, 2.- Es un acto de fiscalización
permanente, 3.- No se considero que, no todos los gobernados están en
condiciones económicas y culturales de “subir” la contabilidad, por ende es una
medida discriminatoria, 4.- Se contraviene la libertad de empresa, debido a que
se incrementan los sistemas de control al contribuyente, 5.- Subir la
contabilidad a los medios de Internet, es propiamente un incremento en el costo
de los impuestos lo cual hace que el cumplimiento de pago de las obligaciones
sea desproporcional, 6.- Se contraviene la seguridad jurídica, pues no se
conoce que efectos, uso y consecuencias tendrá esa información, 7.- De la misma
forma se contraviene la seguridad jurídica del gobernado, pues será una medida
imposible de cumplir por las condiciones operativas de muchos de los
contribuyentes, 8.- El derecho de audiencia es violado, pues no se sabe en que
momento va a revisar y analizará la información enviada por Internet la
autoridad fiscal, 9.- Se vulnera el derecho a no ser juzgado en ausencia, pues
la autoridad al revisar la información del contribuyente, este no tendrá
conocimiento de: en que momento y en que condiciones se llevara a cabo dicha
revisión, 10.- Se contraviene el derecho a la intimidad y a la privacidad, ya
que tendrá conocimiento la autoridad fiscal de las operaciones del
contribuyente que son secretos profesionales e industriales que resultan el
éxito en sus operaciones comerciales, 11.- Es un acto de molestia generalizado,
sin estar fundado y motivado, que no puede ser a todos el solicitar su
información contable. Por ello es que ante estas medidas aun queda la esperanza
de la voz de los tribunales, si bien limitados, pero que esta en sus manos la
gran oportunidad de demostrar la legitimidad de esa noble institución: El Poder
Judicial, a pesar que; “la concesión del derecho a entablar demandas está lejos
de ser suficiente para satisfacer las duras exigencias de la justicia” (BAUMAN,
Zygmunt, “La Sociedad Sitiada” Fondo de Cultura Económica, México 2011) Es una de
las pocas herramientas que le quedan aun a los ciudadanos aplastados por la
globalización, por ese simple hecho se debe ejercer.