Dr. Silvino Vergara Nava---
“Todo esta subordinado a la
eficacia; pero,
¿eficacia para quien, en vista de
qué,
con que objeto? Se logra el
crecimiento
económico, es cierto; pero,
¿crecimiento de qué,
para quien, a qué costo, para
llegar a dónde?”
Zygmunt Bauman
En estos días de presentación de
declaraciones por parte de los contribuyentes respecto a sus obligaciones de
pago del ejercicio fiscal de 2014, más de uno se esta dando cuenta de todas las
reformas fiscales de ese año y de las repercusiones en su bolsillo, a saber: a)
Para los trabajadores, la reducción considerable en sus erogaciones que
resultan deducibles para el Impuesto Sobre la Renta, b) Para los patrones
mexicanos, la reducción de las deducciones para el Impuesto Sobre la Renta por el
simple hecho de contratar trabajadores, -pues las corporaciones económicas globales
instaladas en México contratan a los empleados vía “outsourcing”- c) Para los
consumidores, el Impuesto Especial sobre
Producción y Servicios a los alimentos no básicos y bebidas refrescantes para estimular
la alimentación sana, lo que en realidad incrementó la recaudación de los
impuestos indirectos por parte de la federación. Todo, sin considerar las
obligaciones fiscales como son: contar con contabilidad electrónica, envío de
la contabilidad en forma mensual por medio electrónico ante el Servicio de
Administración Tributaria, la expedición de los comprobantes digitales, en
resumen, la vigencia de un “sistema fiscal inverso”, que consiste en que se
recauda a los que menos tienen y sobre todo se grava el consumo, y no la
ganancia en particular, de los grandes grupos económicos mundiales.
Estas reformas propuestas por el
Ejecutivo y autorizadas por el Congreso de la Unión en el año de 2013, están
provocando en éste 2015, estragos económicos para los ciudadanos, limitando sus
derechos fundamentales de los que no deben ser modificados y afectados por cualquier
autoridad no obstante que sean la mayoría parlamentaria, pues como sostiene L.
Ferrajoli, existe una “Esfera de lo no decidible”, es decir: “Lo que ninguna
mayoría puede válidamente decidir” (FERRAJOLI, Luigi, “La democracia a través
de los derechos” Trotta, Madrid, 2014) son derechos que no pueden modificarse,
que se deben de respetar permanentemente, sin importar si la mayoría es de
izquierda o de derecha, como es el caso de restringir estos derechos vitales de
los gobernados que son disminuir sus derechos patrimoniales, de desarrollo
pleno de su vida y como consecuencia el respeto a la dignidad humana -Artículo
1 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos- para el aumento en la
recaudación nacional, pretextando la necesidad de mayores recursos por parte
del Estado y el riesgo de la ausencia de crecimiento económico.
Así, todas estas medidas, evidentemente
inconstitucionales son materia de juicios en los tribunales, sin embargo, la
decisión sobre dicha inconstitucionalidad corre el riesgo de encontrase dentro
del año electoral, por lo cual las resoluciones jurídicas juegan un papel
importante ante los contribuyentes – electores, en un Estado “Democrático”, del
cual hace mención el profesor italiano Norberto Bobbio: “Democracia es sinónimo
de mediocracia, entendida esta como dominio no solo de la clase media sino
también de los mediocres… el criterio de mediocridad está asociado al de
reformismo…” (BOBBIO, Norberto, “Derecha e Izquierda” Taurus, México, 2014) por
ende, las sentencias respecto a la decisión de la constitucionalidad de estas
medidas quedarán pendiente para otros momentos menos inoportunos.
Es claro que hoy, los
contribuyentes con estas nuevas disposiciones se unen a los grupos más des –
ventajados ante la libertad con que se cuenta por los órganos legislativos para
llevar a cabo estas regulaciones, basta con observar las últimas resoluciones
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, adicionalmente a la complejidad
para que los contribuyentes puedan acudir a las instancias jurisdiccionales,
que les provoca un desinterés por defender sus propios derechos, todo
sustentado en derechos constitucionales débiles, lo cual es criticado por el
profesor Roberto Gargarella: “Las Constituciones siguen resultando
deficitiarias… son muchos los grupos que, constitucionalmente hablando, siguen
estando entre los marginados de los marginados” (GARGARELLA, Roberto, “La Sala
de Máquinas de la Constitución”, Katz, Buenos Aires, 2014) debido a esta
problemática es que, en materia tributaria estamos ante la presencia de un
adormilar jurídico.